Con fecha 22 de junio de 2026, el Ministerio del Trabajo y Previsión Social publicó en el Diario Oficial la ley N° 21.830 que establece el Ingreso Mínimo Mensual retroactivo desde el 01 de mayo de 2026, estableciendo el nuevo monto que debe pagarse conforme este ítem.

  • REAJUSTE DEL INGRESO MÍNIMO MENSUAL A PARTIR DE MAYO DE 2026.

La ley establece que el Ingreso Mínimo Mensual se incrementará a contar del 1 de mayo de 2026, conforme al siguiente criterio:

  • Trabajadores mayores de 18 años de edad y hasta 65 años de edad: $553.553.-
  • Trabajadores menores de 18 años edad y mayores de 65 años de edad: $412.938.-
  • Ingreso mínimo mensual para efectos no remuneracionales ascenderá a $356.815.-

 

Junto con el reajuste del ingreso mínimo mensual, se reajustan las asignaciones familiar y maternal, las que a contar del 1 de mayo de 2026, tendrán los siguientes valores:

  • De $22.601.- por carga, para beneficiarios cuyo ingreso mensual no exceda de $649.039.-
  • De $13.870.- por carga, para beneficiarios cuyo ingreso mensual supere los $649.039.- y no exceda de $947.990.-
  • De $4.382.- por carga, para beneficiarios cuyo ingreso mensual supere los $947.990.- y no exceda de $1.478.539.-
  • Las personas cuyo ingreso mensual sea superior a $1.478.539.-, no tendrán derecho a las asignaciones aludidas en este artículo.
  • REAJUSTE DEL INGRESO MÍNIMO MENSUAL A PARTIR DE ENERO DE 2027.

A partir del 01 de enero de 2026, el ingreso mínimo mensual se reajustará conforme a la variación del IPC, conforme se determine en el período 01 de mayo de 2026 y 31 de diciembre de 2026.