MODIFICACIÓN DE LA LEY DE INCLUSIÓN Y NUEVAS EXIGENCIAS PARA LAS EMPRESAS

Con fecha 24 de agosto de 2024, el Ministerio del Trabajo y Previsión Social publicó la ley N° 21.690, que modifica el código de trabajo en materia de inclusión laboral de personas con discapacidad.

¿Cuáles son los principales cambios?

  1. Aumento del porcentaje de personas con discapacidad al 2%: Las empresas de 100 o más trabajadores (a quienes les aplica la ley de inclusión) deberán contratar o mantener contratados al menos al 2% de personas con discapacidad o asignatarias de pensión de invalidez, en relación a los trabajadores. Importante: Esta obligación sólo será exigible a partir del año siguiente en que se acredite que exista un 80% de cumplimiento de la ley por parte de las empresas obligadas actualmente. Esto será acreditado por medio de un informe emitido por el Ministerio de Desarrollo Social.
  1. Modificación al sistema de donaciones como cumplimiento alternativo: La ley de inclusión establece que las empresas que no cumplen con la cuota exigida (y tienen razones fundadas para no hacerlo) pueden cumplir la ley de manera subsidiaria realizando donaciones a instituciones. La nueva ley establece modificaciones a este último mecanismo. 
    1. Las empresas no podrán entregar más del 50% del monto que deban donar a una única organización. Se deberá por tanto, escoger al menos 2 instituciones.
    2. Al menos una organización deberá tener domicilio fuera de la Región Metropolitana, lo cual se verificará en el certificado que el donatario emite a la empresa donante.
  1. Se fortalece el sistema de sanciones en caso de incumplimiento: A diferencia de la actual ley que solo contempla una multa única por no dar cumplimiento a la ley de inclusión, a partir del 24 de agosto de 2025 las multas por incumplimiento de la ley de inclusión se aplicarán por cada mes que se constate cumplimiento, y multiplicada por cada persona que debió ser contratada.

Por lo anterior, se debe estar a la espera del avance legislativo para determinar la fecha precisa en la que aumente la cuota dispuesta por ley, sin perjuicio de que la normativa ya se encuentra vigente.