Con fecha 19 de agosto de 2025, se publicó en el Diario Oficial la Ley 21.757, que modifica la Ley de Sociedades Anónimas, en el sentido de establecer porcentajes mínimos de participación de mujeres en los directorios de Sociedades Anónimas Abiertas o Especiales.
Para recordar, entre las características de las Sociedades Anónimas o Especiales, son aquellas fiscalizadas por la Comisión para el Mercado Financiero.
Entre las modificaciones podemos encontrar las siguientes:
- Las personas de un mismo sexo no podrán exceder del 60% del total de sus miembros.
- Los estatutos de estas sociedades contemplarán mecanismos para alcanzar el cumplimiento de esta proporción al momento de la elección del directorio en la junta de accionistas.
- Estas sociedades deberán reportar a la CMF la identificación y sexo de cada uno de los integrantes.
Sin embargo, esta ley -que entra en vigencia el 1 de enero de 2026, establece una gradualidad en su aplicación:
- Desde el inicio hasta el término del tercer año de vigencia: El porcentaje máximo de un mismo sexo en directorios es de 80%.
- Desde el inicio del cuarto año, hasta el sexto año de vigencia: El porcentaje máximo de un mismo sexo en directorios es de 70%.
- A partir del séptimo año en adelante: El porcentaje máximo de un mismo sexo en directorios es de 60%, entrando completamente en vigencia la ley.
No obstante esta ley está hecha para Sociedades Anónimas Abiertas o Especiales, nada impide que las Sociedades Anónimas Cerradas puedan adherirse voluntariamente a esta fórmula.
Belmar Asesores